Instalación de puntos de recarga en garajes comunitarios

Si estás considerando instalar un punto de recarga para vehículo eléctrico en un garaje comunitario, es posible que te preguntes si necesitas permiso de la comunidad de propietarios para hacerlo a través de los elementos comunes. Según la Ley 19/2009, en su artículo tercero que modifica la Ley 49/1960 de propiedad horizontal, si instalas un punto de recarga de vehículo eléctrico en una plaza individual de garaje para uso privado, sólo necesitas comunicar previamente a la comunidad de que se procederá a su instalación. El coste de dicha instalación será asumido íntegramente por el o los interesados directos en la misma.

Entonces, en una instalación para recarga de vehículo eléctrico en garaje comunitario, no necesitas el consentimiento de la comunidad ni que se realice ningún tipo de votación al respecto, pero deberás comunicar tus intenciones al administrador o presidente de la comunidad.

El esquema recomendado para realizar la instalación para recarga de vehículo eléctrico en garaje comunitario de forma individual es el número 2 señalado en la ITC-BT 52 del Reglamento electrotécnico para baja tensión.

En este esquema, tendrás un contador principal común para la vivienda y el punto de recarga, y el circuito de recarga partirá desde los bornes de salida del contador de la misma forma que la derivación individual que alimentará al cuadro general de mando y protección de la vivienda. Este esquema es ideal para la mayoría de los usuarios, ya que se puede englobar vivienda y punto de recarga bajo un mismo contrato.

Sin embargo, si la instalación requiere obras en los elementos comunes del garaje, toda la comunidad se verá afectada y deberá autorizarlo por mayoría simple de los propietarios, que a su vez represente la mayoría de las cuotas de participación.

A partir del Real Decreto 1053/2014, los edificios de nueva construcción deben contar con una conducción principal para posibilitar la realización de derivaciones hasta las estaciones de recarga ubicadas en las plazas de aparcamiento. Pero la mayoría de los edificios construidos antes de 2014 no contarán con la infraestructura eléctrica necesaria, por lo que será necesario efectuar obras en el conjunto del garaje comunitario.

Una de las opciones más adecuadas para llevar a cabo estas infraestructuras y que todo el mundo quede contento, sería la instalación de una canalización central desde el cuadro de contadores que disponga de una forma ordenada todos los futuros circuitos de recarga individuales, costeada por la comunidad de propietarios. El uso en un futuro inmediato podrá ser de todos los usuarios del garaje, realizando luego cada uno de los propietarios individuales de las plazas, y a su coste, el resto de la instalación (cableado, entubado desde canalización principal, cuadro de protecciones y punto de recarga en sí).

Esta parte de la obra que sí atañe a toda la comunidad de propietarios, la canalización principal, sí requeriría la autorización de la misma, por lo que habría que llevarla a junta y votación.

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